Un dictamen del Tribunal Superior podría afectar las decisiones de cientos de casos de visas que se remontan a 2016

El dictamen de la Corte Superior de Australia puede poner en tela de juicio la legalidad de las decisiones que el Departamento del Interior ha estado tomando desde 2016 en torno al rechazo o no de casos que solicitaron la intervención personal del ministro. El dictamen tambíen podría impactar las decisiones tomadas en cientos de casos de visas entre 2016-2020.

HIGH COURT OF AUSTRALIA STOCK

La decisión del Tribunal Superior involucró a personas que solicitaron la intervención del ministro de Inmigración en sus casos. Source: AAP / Mick Tsikas

Puntos destacados:
  • Las directrices de intervención ministerial que se utilizan para revisar las solicitudes se publicaron en 2016.
  • Ahora se revisarán las directrices actuales.
  • Cientos de solicitudes de intervención ministerial presentadas cada año en virtud de esas directrices podrían verse afectadas.
El Tribunal Superior de Australia formuló un dictamen importante esta semana en dos casos de inmigración que podría afectar a cientos de titulares de visas cuyos casos fueron tramitados por el Departamento del Interior.

La sentencia puede poner en tela de juicio la legalidad de las decisiones que el departamento ha tomado desde 2016, cuando rechazó las solicitudes de intervención ministerial en casos específicos de visa.

¿Por qué el nuevo dictamen?

La decisión del Tribunal Superior involucró a dos personas que solicitaron la intervención del ministro de Inmigración en sus casos para que les concediera visados permanentes para permanecer en Australia.

El Departamento del Interior rechazó sus solicitudes porque sus casos no cumplían con los criterios para remitirlos al ministro.

El primer apelante, Martin Davis, es un ciudadano del Reino Unido que había vivido en Australia durante 16 años con visados temporales.

Su solicitud de visa de pareja permanente fue rechazada por Asuntos Internos y, posteriormente, examinada por el Tribunal Administrativo de Apelación.

El segundo apelante, que en el caso se denominó DCM20, es un ciudadano de Fiji que había vivido en Australia con una serie de visados temporales durante casi 20 años.
La persona solicitó un visado permanente, que le fue denegado.

Su solicitud de revisión ante el Tribunal Administrativo de Apelación también fue rechazada.

El Sr. Davis y DCM20 solicitaron al ministro de Inmigración que ejerciera sus poderes personales en virtud del artículo 351 de la Ley de Migración de 1958 para anular las decisiones del Tribunal Administrativo de Apelaciones y concederles visas permanentes.

Según esta parte del Acto de la Ley de Migración, el ministro puede conceder un visado si considera que es "de interés público", pero la ley no le exige que considere todas las solicitudes.

Este poder lo ejerce el ministro personalmente.
El ministro recibe muchas solicitudes para intervenir personalmente en estos casos de visado.

El mes pasado, por ejemplo, el ministro de Inmigración Andrew Giles intervino cuando a una familia de Perth se le denegó el visado porque su hijo no cumplía con ciertos criterios de salud, ya que había nacido con síndrome de Down.

El ministro les concedió la residencia permanente.

Ahora habrá que revisar las directrices

En 2016, el ministro publicó directrices para que los funcionarios del departamento las utilizaran cuando revisan solicitudes de intervención ministerial.

Las directrices estipulan que solo se deben remitir casos al ministro cuando existen "circunstancias únicas o excepcionales". Esto incluye circunstancias compasivas.

El Sr. Davis y DCM20 argumentaron que había circunstancias únicas y excepcionales que justificaban la intervención en sus casos, y destacaron sus largos períodos de residencia en Australia y el hecho de que los familiares australianos dependían de su cuidado.

En ambos casos, un funcionario departamental decidió que sus circunstancias no eran únicas ni excepcionales, como exigían las directrices, y se negó a remitir sus casos al ministro.

Sin embargo, el Tribunal Superior dictaminó que las decisiones tomadas por el departamento eran ilegales porque el ministro debía ser quien ejerce personalmente la decisión de intervenir o no intervenir, en esos casos.

En ambos casos, un funcionario del departamento, en efecto, tomó la decisión de no intervenir, no el ministro, señaló el dictamen.

¿Cuáles son las posibles implicaciones del dictamen?

El ministro de inmigración no solo tendrá que revisar ahora las directrices actuales, sino también todas las decisiones que se hayan tomado con esas directrices desde 2016.

Un documento publicado en virtud de la Ley de Libertad de Información muestra que en el período entre 2016 y 2020 se presentaron cientos de solicitudes por año para que el ministro de inmigración intervenga.

Durante ese periodo el ministro intervino personalmente y concedió alrededor de 1000 solicitudes de visa.

Sin embargo, el documento muestra el número de casos que nunca fueron remitidos al ministro para su consideración, con lo cual implica que podría haber cientos de personas afectadas.
Es probable que el ministro también tenga que revisar otras directrices en virtud de la Ley de Migración, en las que tiene un poder de intervención personal.

Por ejemplo, el ministro tiene facultades discrecionales personales en virtud del artículo 48B de la Ley. Esto permite a los solicitantes de asilo, a los que se les ha negado un visado de protección, solicitar un visado posterior si el ministro considera que es "de interés público" hacerlo.

Sin embargo, las directrices ministeriales actuales exigen que el departamento considere si existen "circunstancias excepcionales" para que un caso sea remitido al ministro.

Las estadísticas muestran que el ministro solo ha intervenido en menos del 10 por ciento de estas solicitudes de solicitantes de asilo en los últimos 10 años.

Los solicitantes de asilo que llegan en barco tampoco pueden solicitar ningún visado a menos que el ministro se lo permita.

La sentencia del Tribunal Superior podría afectar las decisiones tomadas por el departamento de no remitir también estos casos al ministro.

El ministro todavía tiene amplios poderes para denegar los casos

El tribunal dejó claro que el ministro mantiene una amplia discreción en cuanto a cómo y cuándo ejercer su poder para intervenir en un caso.

El ministro puede volver a considerar todos estos casos y llegar a la misma conclusión que el departamento.

El poder del ministro se considera non compellable, es decir, no es obligatorio, lo que significa que no tiene que considerar todos los casos que se le remitan.

Y si el ministro considera un caso, tiene un amplio margen para decidir cómo ejercer su poder en virtud del interés público. Estos poderes a menudo han sido descritos como "poderes divinos".

Una vez que un ministro ejerce sus poderes adecuadamente, los tribunales rara vez intervendrán.

Las decisiones que toma el ministro, haciendo uso de estos poderes, implican decisiones serias y afectan a las personas vulnerables.

La decisión del Tribunal Superior ofrece una oportunidad para que el gobierno revise el proceso de intervención ministerial para tener un sistema más claro, justo y transparente.

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Published 14 April 2023 10:10am
By Mary Anne Kenny
Presented by Marcia De Los Santos
Source: The Conversation


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